Con el objeto reforzar la mayor facilitación y ahorro de costos que requieren hoy los contribuyentes, el Servicio de Impuestos Internos recuerda que ya no es necesario imprimir los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE).
Esto, dado que en septiembre se publicó la Resolución Exenta N° 99, que eliminó la obligación de entregar los ejemplares de los DTE de manera impresa, beneficiando con esto a cerca de 950 mil contribuyentes.
Así, por ejemplo, aquellas personas que realicen el traslado de bienes, pueden respaldar sus operaciones con el correspondiente DTE (Factura Electrónica, Guía de Despacho Electrónica o Boleta Electrónica), en formato digital o, si lo prefieren, pueden seguir portándolo en formato impreso.
Junto con lo anterior, esta normativa entrega la posibilidad de que los contribuyentes envíen la información de los Documentos Tributarios Electrónicos a sus receptores también en formato electrónico, evitando así su impresión.
La Resolución Exenta también estableció facilidades para aquellas personas que enfrenten dificultades o limitaciones de conexión a Internet. En estos casos, se autoriza el traslado de productos o la emisión de documentos electrónicos sin el envío previo del DTE correspondiente al SII, siempre que la información sea despachada en cuanto se restablezca la conexión.
Esta medida representa un hito más en el trabajo que realiza el Servicio para innovar permanentemente y entregar facilitaciones a los contribuyentes en el cumplimiento de sus compromisos tributarios.
Fuente: WWW.SII.CL